El Real Decreto 638/2026, publicado en el BOE del 30 de julio, pone en marcha un plan de choque de 15 millones de euros en ayudas a la hostelería para que bares, restaurantes, cafeterías, hoteles, campings y alojamientos turísticos sustituyan su equipamiento por equipos de menor consumo energético. Es una subvención a fondo perdido de concesión directa: no hay concurrencia competitiva ni baremo — se resuelve por orden de presentación de solicitudes completas, hasta agotar el crédito. Cubre hasta el 100% del coste, entre 5.000 y 11.000 € por establecimiento (IVA excluido).
¿Qué subvenciona el Plan de Choque de hostelería?
La finalidad es sustituir equipamiento por otro de menor consumo energético en establecimientos de alojamiento y restauración turísticos. Son costes elegibles:
- Electrodomésticos y maquinaria industrial de hostelería de menor consumo: hornos, freidoras, cocinas, lavavajillas industriales, cámaras frigoríficas, arcones, vitrinas y expositores refrigerados, cafeteras, abatidores
- Terminales de climatización más eficientes
- Toldos y sombrillas más eficientes — también la terraza cuenta
- Las obras e instalaciones necesarias para la renovación, en su caso
- La gestión de los residuos generados por el cambio de equipamiento
- Los honorarios del técnico competente por el certificado de eficiencia energética
- Los costes de gestión de la solicitud (máximo 4%) y de justificación de la ayuda (máximo 7%)
Queda expresamente fuera la sustitución de equipos por otros que utilicen combustibles fósiles, incluido el gas natural. El cambio tiene que suponer un ahorro energético acreditable: si el equipo tiene etiqueta energética europea, hay que mejorar la letra del equipo sustituido; si no la tiene, se acredita con informe técnico pericial comparando fichas o placas de características.
¿Quién puede pedir la ayuda? Bares, restaurantes, hoteles y campings
- Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica
- Dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT antes del inicio del plazo
- Titulares de uno o varios establecimientos hosteleros ubicados en España
- Con actividad clasificada en el CNAE 55 — hoteles, alojamientos turísticos de corta estancia, campings y otros alojamientos — o en el CNAE 56 — restaurantes, puestos de comidas, catering y servicios de bebidas
Es decir: entran bares, restaurantes, cafeterías, bares de copas, food trucks y puestos de comidas, empresas de catering, hoteles, hostales, pensiones, apartamentos turísticos, casas rurales y campings. La ayuda se concede una sola vez por establecimiento, pero una misma empresa o empresario puede recibir varias si son para establecimientos diferentes: quien tiene tres locales puede presentar tres solicitudes. No pueden ser beneficiarios los autónomos en calidad de familiares colaboradores del titular.
Cuantía, plazo y requisitos de un vistazo
| Cuantía | Mínimo 5.000 € y máximo 11.000 € por establecimiento, IVA excluido |
|---|---|
| Intensidad | Hasta el 100% del coste subvencionable |
| Plazo de solicitud | Del 5 de agosto (10:00 h) al 30 de septiembre de 2026 (15:00 h), o hasta agotar el crédito |
| Régimen | Concesión directa, por orden de presentación de solicitudes completas |
| Presupuesto | 15 M€ (1 M€ en 2026 y 14 M€ en 2027) |
| Ámbito | Todo el territorio nacional, con gestión centralizada |
| Gastos imputables | Desde el 1 de marzo de 2026 (la inversión ya hecha puede entrar) |
| Ejecución | 1 mes desde la notificación de la concesión, prorrogable de oficio |
| Justificación | 15 días naturales desde el fin del plazo de ejecución |
| Ayudas de Estado | Régimen de minimis: máximo 300.000 € por empresa en tres años |
| Solicitud | Íntegramente electrónica, en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria y Turismo |
Dónde se gana (o se pierde) esta subvención
Al no haber baremo, todo el peso está en llegar pronto y llegar completo. Y hay un detalle del procedimiento que decide expedientes: si la solicitud llega incompleta, el órgano instructor da 10 días para subsanar, pero la fecha que cuenta para el orden de prelación es la del último documento subsanado, no la de la presentación inicial. Presentar rápido y mal equivale a perder el turno, con 15 millones que se reparten por orden de llegada.
Los otros dos puntos donde se cae un expediente son la acreditación del ahorro energético —la memoria descriptiva tiene que comparar equipo saliente y equipo entrante, no basta con decir que el nuevo es mejor— y la gestión del residuo, que hay que justificar mediante gestor autorizado. Conviene además tener presente que, una vez concedida, el plazo de ejecución y pago es de solo un mes, y que la ayuda es incompatible con cualquier otra subvención autonómica, local, estatal o europea que financie los mismos costes.
Un apunte útil: la convocatoria admite como coste elegible los propios gastos de gestión de la solicitud (hasta el 4%) y de la justificación (hasta el 7%), con factura independiente. Es decir, el trabajo de tramitación entra dentro de lo que se subvenciona.
Cómo preparamos el expediente
Revisamos el encaje —CNAE, titularidad del establecimiento, límite de minimis de los tres últimos años— y preparamos el expediente completo desde el primer envío: memoria descriptiva con la comparativa de consumo, presupuestos desglosados o facturas si la renovación ya está hecha, y la documentación de alta censal y CNAE. Después nos ocupamos de la justificación en plazo, incluida la acreditación de la retirada del equipo antiguo por gestor autorizado. Si tienes varios establecimientos, planificamos una solicitud por cada uno.
Preguntas frecuentes sobre las ayudas a la hostelería
¿Cuánto dinero dan las ayudas a la hostelería de 2026?
Entre 5.000 y 11.000 € por establecimiento, con el IVA excluido. La subvención puede cubrir hasta el 100% del coste subvencionable, así que en muchos casos la renovación no cuesta nada al negocio más allá del IVA. El presupuesto total del plan es de 15 millones de euros.
¿Qué equipos de hostelería puedo renovar con la subvención?
Electrodomésticos y maquinaria industrial hostelera que se sustituyan por modelos de menor consumo: hornos, freidoras, cocinas, lavavajillas industriales, cámaras frigoríficas, arcones, vitrinas y expositores refrigerados, cafeteras o abatidores. También terminales de climatización, y toldos y sombrillas más eficientes. Quedan fuera los equipos que funcionen con combustibles fósiles, incluido el gas natural.
¿Puedo pedir la ayuda si ya he comprado la maquinaria?
Sí. El real decreto permite imputar gastos de la actuación desde el 1 de marzo de 2026, así que una renovación ya hecha este año puede entrar. En ese caso se aporta la factura con la solicitud y el plazo para justificar es de 15 días naturales desde la notificación de la concesión.
¿Hasta cuándo hay plazo para solicitar las ayudas de hostelería?
El plazo va del 5 de agosto de 2026 a las 10:00 h hasta el 30 de septiembre de 2026 a las 15:00 h. Pero como es concesión directa por orden de llegada, el plazo real lo marca el crédito: si los 15 millones se agotan antes, se cierra la presentación de solicitudes. A partir de ese momento y hasta el 30 de septiembre las solicitudes entran en una lista de reserva por si hay remanentes.
¿Puedo pedir la ayuda para varios bares o restaurantes?
Sí. La ayuda se concede una sola vez por establecimiento, pero una misma empresa o empresario puede recibir varias siempre que sean para establecimientos diferentes. Quien tiene tres locales puede presentar tres solicitudes, una por cada uno.
¿Qué CNAE hace falta para pedir la ayuda?
Hay que tener la actividad clasificada en el CNAE 55 (hoteles, alojamientos turísticos de corta estancia, campings y otros alojamientos) o en el CNAE 56 (restaurantes, puestos de comidas, catering y servicios de bebidas), y estar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT antes del inicio del plazo.
¿Es compatible con otras subvenciones?
No para los mismos costes. Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención europea, estatal, autonómica o local que financie los mismos gastos. Sí pueden acumularse con otras ayudas públicas que cubran costes distintos e identificables. Van en régimen de minimis, con un techo de 300.000 € por empresa en tres años.