Avanza Empresas es la subvención del Ayuntamiento de Albacete que devuelve hasta el 50 % de las inversiones que pymes, autónomos y asociaciones empresariales del municipio ya han hecho y pagado entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2026, con un máximo de 15.000 € por beneficiario: maquinaria, obra, instalaciones, mobiliario, equipos informáticos, software o vehículos eléctricos de mercancías.
Nota importante: la Junta de Gobierno Local aprobó la convocatoria 2026 el 1 de octubre de 2026 y el extracto se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 14 de octubre de 2026. El plazo de solicitud es de un mes contado desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete. Actualizaremos esta ficha con las fechas exactas en cuanto salga en el BOP.
Ficha rápida de la convocatoria 2026
| Beneficiarios | Micro, pequeñas y medianas empresas, autónomos y profesionales con domicilio fiscal y establecimiento en el municipio de Albacete, y asociaciones empresariales con implantación en el municipio |
|---|---|
| Subvención | Hasta el 50 % de la inversión subvencionable, IVA excluido |
| Importe | Hasta 15.000 € por beneficiario |
| Inversiones admitidas | Realizadas, facturadas y pagadas entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2026 |
| Inversión mínima | 3.000 € en total y 300 € por cada bien, sin IVA |
| Plazo | Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Albacete |
| Concesión | Concurrencia competitiva por prorrateo: un porcentaje común para todas las solicitudes admitidas |
| Presupuesto | 550.000 € |
| Pago | Tras justificar la subvención concedida, en el mes siguiente a la notificación |
| Compatibilidad | Compatible con otras ayudas para la misma inversión |
| Referencias | Expediente 1637354D · BDNS 935071 |
Qué hace diferente a esta ayuda
No subvenciona un proyecto futuro: devuelve parte de inversiones que el negocio ya ha hecho y pagado en los dos últimos años. Con la solicitud se presentan las facturas y los justificantes de pago, y no hay memoria ni puntuación.
El crédito de 550.000 € se reparte entre todas las solicitudes admitidas con un único porcentaje común, con el 50 % como techo y 15.000 € como tope por beneficiario. Si lo pedido supera el presupuesto, el porcentaje baja para todos. Por eso lo que decide el importe final no es llegar el primero, sino que cada factura presentada sea admisible.
Además, es compatible con otras ayudas para la misma inversión, de cualquier administración.
Para inversiones que aún no has hecho, Avanza Empresas no sirve, porque solo cubre lo pagado hasta el 30 de septiembre de 2026. En ese caso, las ayudas regionales son Adelante Inversión, de la Junta de Castilla-La Mancha, que se pide antes de invertir, y Adelante Digitalización para proyectos digitales.
¿Quién puede pedir la subvención Avanza Empresas?
- Empresas privadas, con o sin personalidad jurídica, y personas empresarias individuales o profesionales, con domicilio fiscal y establecimiento (cuando la actividad lo requiera) en el municipio de Albacete, como mínimo desde la fecha de factura y pago de las inversiones.
- Asociaciones empresariales de ámbito municipal formadas exclusivamente por empresas o profesionales de los parques empresariales del municipio y sus zonas de influencia.
- Asociaciones empresariales de ámbito provincial con sede o delegación en Albacete y una proporción significativa de asociados con domicilio en el municipio.
Las empresas tienen que ser micro, pequeña o mediana empresa: menos de 250 personas en plantilla y un volumen de negocio anual de hasta 50 millones de euros. Además, hay que estar legalmente constituida y mantener el alta censal durante todo el procedimiento.
Gastos subvencionables
- Activos materiales e inmateriales: obra civil, bienes de equipo, maquinaria, instalaciones, mobiliario, equipos informáticos y aplicaciones informáticas que se contabilicen como inmovilizado intangible.
- Vehículos de transporte de mercancías eléctricos puros o propulsados por hidrógeno.
- Terrenos, naves o locales para la actividad, siempre que la inversión incluya su rehabilitación, adecuación o instalación, con un límite del 40 % de la inversión total subvencionable.
- Planificación e ingeniería vinculadas al proyecto de inversión, hasta el 10 % de la inversión subvencionable aprobada.
Gastos no subvencionables
- Inversiones por debajo de 3.000 € en total o bienes de menos de 300 € cada uno, sin IVA.
- Vehículos distintos de los de mercancías eléctricos o de hidrógeno.
- Utillaje, envases, embalajes, vestuario, equipos de protección individual, accesorios y recambios.
- Reparaciones y mantenimiento que no supongan poner en marcha el bien, alargar su vida útil o ampliar su capacidad.
- Transporte, tasas, licencias, cánones, gastos financieros, asesoría jurídica o financiera, notaría, registro, peritaciones, impuestos recuperables y sanciones.
- Compras a personas o empresas vinculadas con el solicitante.
- Cualquier gasto facturado o pagado, aunque sea en parte, fuera del periodo del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2026.
Dónde se gana (o se pierde) esta subvención
- Tres ofertas previas para cada bien de 15.000 € o más y cada obra de 40.000 € o más, sin IVA, con fecha anterior a la factura. Si no se pidieron en su momento, esa partida queda en riesgo.
- Pago desde una cuenta del solicitante y directamente al proveedor. No se admiten pagos hechos por terceros ni pagos a alguien distinto de quien factura.
- Efectivo, como mucho 499 € por pago. Los recibís firmados por el proveedor solo valen para pagos en efectivo de menos de 500 €.
- Justificantes bancarios completos: entidad, empresa beneficiaria, proveedor e importe coincidente con la factura. Las capturas de pantalla no valen.
- Facturas con cada bien identificado por su importe unitario.
- Obras y compra de inmuebles con su documentación: proyecto técnico en obras de instalación o reforma, y escritura inscrita y tasación independiente si se compra un inmueble.
- Justificar en plazo: tras la concesión hay un mes para presentar la relación de justificantes y un único PDF con las facturas estampilladas. Sin justificación no se cobra.
- Mantener las inversiones en el fin subvencionado durante al menos tres años. Incumplirlo obliga a devolver toda la ayuda.
Convocatorias anteriores
El Ayuntamiento de Albacete ya convocó las subvenciones Avanza Empresas por inversiones en microempresas, pymes y asociaciones empresariales en 2024 (BDNS 798918). La convocatoria 2026 cubre las inversiones pagadas desde el 1 de octubre de 2024, así que recoge lo invertido desde entonces.
Cómo lo trabajamos en Vantira
- Filtro previo: comprobamos tamaño de empresa, domicilio fiscal y establecimiento en Albacete y fechas de las inversiones.
- Revisión de facturas y pagos: descartamos lo que no es inversión o no se puede justificar, y localizamos las ofertas previas que hagan falta.
- Expediente completo: solicitud, facturas, justificantes y documentación técnica listos para presentar en la sede electrónica.
- Seguimiento de la propuesta provisional, las alegaciones y la justificación hasta el cobro.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto da la ayuda Avanza Empresas?
Hasta el 50 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 15.000 euros por beneficiario. El crédito, 550.000 euros, se reparte entre todas las solicitudes admitidas con un porcentaje común, así que si se pide más de lo disponible el porcentaje real queda por debajo del 50 %.
¿Puedo pedirla si ya he hecho la inversión?
Sí, es justo lo que financia. Entran las inversiones realizadas, facturadas y pagadas entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2026. Las facturas y los justificantes de pago se presentan junto con la solicitud.
¿Hay una inversión mínima?
Sí. La inversión total presentada tiene que ser de al menos 3.000 euros sin IVA, y cada bien tiene que valer 300 euros o más sin IVA.
¿Se subvenciona la compra de un vehículo?
Solo los vehículos de transporte de mercancías eléctricos puros o propulsados por hidrógeno. El resto de vehículos queda excluido.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. La convocatoria la declara compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, de cualquier administración o ente público o privado, nacional, europeo o internacional.
¿Pueden pedirla los autónomos de Albacete?
Sí. Pueden pedirla las personas empresarias individuales y los profesionales con domicilio fiscal en el municipio de Albacete y, si la actividad lo necesita, establecimiento en el municipio, siempre que la inversión sea de al menos 3.000 euros sin IVA.
¿Hay que pedirla antes de invertir?
No. Avanza Empresas subvenciona inversiones ya realizadas, facturadas y pagadas entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2026. Lo que se hizo fuera de esas fechas no entra.
¿Cuándo se presenta la solicitud?
Durante un mes contado desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, solo por vía electrónica en la sede del Ayuntamiento. La convocatoria fue aprobada por la Junta de Gobierno Local el 1 de octubre de 2026 y registrada en la BDNS el 14 de octubre de 2026.
Fuentes oficiales
Ante cualquier diferencia con esta ficha, prevalece la convocatoria publicada por el Ayuntamiento de Albacete.
- Base de Datos Nacional de Subvenciones — BDNS 935071
- Convocatoria anterior de 2024 — BDNS 798918
- Trámites del Área de Promoción Económica — sede electrónica del Ayuntamiento de Albacete
- Ordenanza de subvenciones para la promoción de la actividad económica y del empleo (BOP de Albacete n.º 119, de 11 de octubre de 2024)